Contrato preliminar de compraventa de un bien inmueble
1.Partes
- 1.1
Vendedor: Vendedor (en adelante, el Vendedor).
Indique nombre, código personal, dirección y estado civil (empresa: código, domicilio, firmante). Lo comprado durante el matrimonio suele ser común: firman ambos cónyuges.
- 1.2
Comprador: Comprador (en adelante, el Comprador).
Indique nombre, código personal, dirección y estado civil. El comprador sin código personal indica su fecha de nacimiento y número de pasaporte.
- 1.3
El Vendedor y el Comprador (en adelante, conjuntamente, las Partes y cada uno, una Parte), conforme al artículo 6.165 del Código Civil de la República de Lituania, han celebrado este contrato preliminar (en adelante, el Contrato).
- 1.1
2.Objeto del Contrato
- 2.1
Las Partes se obligan a celebrar, en las condiciones y en los plazos fijados en este Contrato, un contrato de compraventa de bien inmueble en forma notarial (en adelante, el Contrato Principal), por el que el Vendedor venderá y el Comprador comprará el siguiente bien inmueble: Descripción del inmueble, n.º único Número único del Registro de Bienes Inmuebles, situado en Dirección del inmueble (en adelante, el Inmueble).
Copie ambos de un extracto reciente del registro. Si el Contrato Principal no identifica el inmueble, el notario no puede autorizarlo (Cámara de Notarios).
- 2.2
Junto con el Inmueble, pasan al Comprador los siguientes derechos sobre la parcela de terreno: Derechos del comprador sobre la parcela.
La escritura debe indicar los derechos sobre el suelo, p. ej. propiedad o derecho de uso del vendedor (CK 6.394(2)). Piso en suelo público: elija no procede, si el notario lo confirma.
- 2.3
Junto con el Inmueble, pasan al Comprador los siguientes accesorios y bienes muebles, cuyo valor está incluido en el precio: Anexos y bienes muebles incluidos.
Relacione el trastero, la plaza de aparcamiento, el mobiliario y los electrodomésticos.
- 2.1
3.Declaraciones y compromisos del Vendedor
- 3.1
El Vendedor confirma que el Inmueble le pertenece en virtud de Título de propiedad del vendedor y que no está hipotecado, embargado ni arrendado, no es objeto de ningún litigio y no tiene ninguna otra restricción, salvo: Cargas que acepta el comprador.
Relacione las cargas que acepta el comprador, como una hipoteca o una servidumbre.
- 3.2
Hasta la celebración del Contrato Principal, el Vendedor no transmitirá, hipotecará, arrendará ni gravará de otro modo el Inmueble sin el consentimiento escrito del Comprador.
- 3.3
El Vendedor ha comunicado al Comprador todos los defectos del Inmueble que conoce: Defectos revelados por el vendedor.
Las partes en negociaciones deben revelar la información esencial para el contrato (CK 6.163(4)).
- 3.4
Personas que viven en el Inmueble o que han declarado allí su residencia: Personas que viven o están empadronadas allí. El Vendedor se asegurará de que estas personas se muden y cambien su residencia declarada antes de la entrega, salvo que las Partes acuerden otra cosa por escrito.
Si alguien conserva un derecho a vivir en la vivienda tras la venta, la escritura debe nombrarlo e indicar sus derechos (CK 6.400).
- 3.1
4.Precio y pago
- 4.1
El precio del Inmueble es de Precio en euros, en cifras EUR (Precio en letras, en lituano euros). El precio no cambia salvo que las Partes acuerden otra cosa por escrito.
El Contrato Principal debe indicar el precio; si no, no se perfecciona (CK 6.397(1)).
- 4.2
El precio se paga de la siguiente forma: Cómo y cuándo se paga el resto.
Si parte del precio se paga después de la escritura, el notario inscribe una restricción a la facultad de disposición del comprador sobre el inmueble hasta que el vendedor confirme el pago.
- 4.1
5.Anticipo
- 5.1
Dentro de los Días hábiles para pagar el anticipo días hábiles siguientes a la firma de este Contrato, el Comprador paga al Vendedor un anticipo de Anticipo EUR en la cuenta del Vendedor Cuenta bancaria (IBAN) y banco del vendedor. Al celebrarse el Contrato Principal, el anticipo se imputa al precio.
- 5.2
Las Partes acuerdan que el anticipo no constituye arras. Si el Contrato Principal no se celebra por causas de las que el Comprador no es responsable, el Vendedor devuelve al Comprador la totalidad del anticipo dentro de los Días hábiles para devolver el anticipo días hábiles siguientes.
El CK 6.98(2) excluye las arras de los contratos preliminares. Qué ocurre con el anticipo cuando el comprador es culpable se fija en la sección de responsabilidad.
- 5.1
6.Condición de financiación
- 6.1
Opcional
El Comprador pagará parte del precio, no más de Préstamo máximo EUR, con un préstamo de una entidad de crédito. Dentro de los Días hábiles para solicitar el préstamo días hábiles siguientes a la firma de este Contrato, el Comprador solicita el préstamo al menos a una entidad de crédito e informa al Vendedor.
Mantenga esta sección siempre que el precio dependa de un préstamo. Elimine ambas cláusulas en una compra al contado.
- 6.2
Opcional
Si, a más tardar el Fecha límite para la concesión del préstamo, la entidad de crédito deniega el préstamo y el Comprador entrega al Vendedor la denegación escrita, el Comprador puede resolver unilateralmente este Contrato. En ese caso no se aplica ninguna penalización, y el Vendedor devuelve la totalidad del anticipo dentro de los Días hábiles para devolver el anticipo días hábiles siguientes.
Pida al banco una denegación escrita. Sin ella, el vendedor puede alegar que el comprador simplemente se echó atrás.
- 6.1
7.Preparación del Contrato Principal
- 7.1
Antes de la celebración del Contrato Principal, el Vendedor entrega al notario y al Comprador un certificado de eficiencia energética válido del Inmueble, un certificado de la comunidad de propietarios o del administrador del edificio de que todos los pagos están al día, certificados de que las facturas de suministros están pagadas y cualquier otro documento que pida el notario.
El vendedor debe mostrar el certificado de eficiencia energética a un posible comprador y entregárselo (Statybos įstatymas, art. 51(3), punto 3).
- 7.2
Si el Inmueble es propiedad común de los cónyuges, ambos cónyuges firmarán el Contrato Principal, o uno de ellos con un poder del otro certificado por notario.
- 7.3
Opcional
Si se vende una cuota de un bien en copropiedad, el Vendedor notifica la venta prevista a los demás copropietarios a través de un notario y, antes de la celebración del Contrato Principal, aporta su renuncia a comprar o la prueba de que no ejercieron su derecho de adquisición preferente en el plazo de un mes.
Manténgala solo si se vende una cuota. Un copropietario cuyo derecho de tanteo se ignoró puede pedir a un tribunal que lo subrogue en el lugar del comprador (CK 4.79).
- 7.1
8.Celebración del Contrato Principal
- 8.1
El Contrato Principal debe celebrarse a más tardar el Fecha límite para firmar la escritura notarial ante el notario Notario o notaría. Las Partes acuerdan por escrito la fecha y la hora exactas con al menos Días hábiles de preaviso de la fecha de firma días hábiles de antelación.
Si esta fecha pasa sin escritura, la obligación de celebrar el Contrato Principal se extingue (CK 6.165(5)). Prorróguela antes por escrito.
- 8.2
Los honorarios del notario y los gastos del Registro de Bienes Inmuebles los paga Quién paga los gastos de notaría e inscripción.
- 8.1
9.Entrega del Inmueble
- 9.1
El Inmueble se entrega al Comprador a más tardar el Fecha límite para entregar el inmueble, cuando las Partes firman un acta de entrega y recepción que recoge las lecturas de los contadores y las llaves entregadas.
La propiedad pasa cuando se entrega el inmueble, lo que consta en esta acta (CK 6.393(4) y 6.398). El acta suele formar parte de la escritura.
- 9.2
Hasta la entrega, el Vendedor asume el riesgo de pérdida o daño fortuito del Inmueble y paga los impuestos y los gastos de suministros del Inmueble.
- 9.1
10.Responsabilidad
- 10.1
La Parte que sin causa justificada eluda o se niegue a celebrar el Contrato Principal paga a la otra Parte una penalización de Penalización EUR. La penalización se considera la pérdida mínima.
Use la misma penalización para ambas partes, a menudo el importe del anticipo. Un tribunal puede reducir una penalización claramente excesiva (CK 6.73(2)).
- 10.2
Si el Contrato Principal no se celebra por culpa del Comprador, el Vendedor puede compensar la penalización con el anticipo recibido y devuelve el resto del anticipo al Comprador dentro de los Días hábiles para devolver el anticipo días hábiles siguientes. Si el Contrato Principal no se celebra por culpa del Vendedor, el Vendedor devuelve la totalidad del anticipo y paga la penalización en el mismo plazo.
Esta cláusula establece por escrito cómo interactúan el anticipo y la penalización si no se celebra el Contrato Principal.
- 10.1
11.Disposiciones finales
- 11.1
El Contrato entra en vigor al firmarse y permanece en vigor hasta que se celebre el Contrato Principal o hasta que venza el plazo fijado para el Contrato Principal.
- 11.2
Las modificaciones y adiciones al Contrato son válidas si se hacen por escrito y las firman ambas Partes. Las notificaciones se envían a las siguientes direcciones postales y de correo electrónico: Direcciones y correos para notificaciones.
- 11.3
El Contrato se rige por la ley de la República de Lituania. Las controversias se resuelven mediante negociación o, a falta de acuerdo, ante los tribunales de la República de Lituania.
- 11.1
12.Firmas
- 12.1
El Contrato se celebró en Lugar de la firma, el Fecha de la firma, en dos originales con la misma fuerza legal, uno para cada Parte. Vendedor: (nombre, apellido, firma). Comprador: (nombre, apellido, firma).
- 12.1