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Plantilla de oferta de compra (Italia)

Oferta irrevocable de compra de un inmueble · Proposta irrevocabile d'acquisto di immobile

La oferta escrita y firmada del comprador para comprar un inmueble concreto a un precio indicado, vinculante para el comprador hasta una fecha fija. Si el vendedor la acepta y el comprador conoce la aceptación, el contrato queda formado. Una oferta aceptada con todas las condiciones ya funciona como contrato preliminar.

Úsela después de una visita, cuando quiere comprar y quiere fijar por escrito su precio y sus condiciones. En Italia los agentes suelen pedir la oferta en su propio formulario. Puede usar este texto en su lugar, o comparar con él el formulario del agente. Fírmela solo si está dispuesto a comprar en estas condiciones: no puede retirarla antes de la fecha que fije, y la aceptación del vendedor puede obligarle con la misma fuerza que un contrato preliminar.

Revisado el 28 de octubre de 2026. No es asesoramiento legal. Pida a un notario o abogado que revise su caso antes de firmar.

Normas en cambio

  • Desde el 1 de enero de 2027 las normas del impuesto de registro pasan del DPR n. 131/1986 al Testo unico dell'imposta di registro (d.lgs. 1 agosto 2025, n. 123). Compruebe los tipos y artículos entonces vigentes.

Lo esencial

Se aplica a
Todo el país
Periodo vinculante
El comprador no puede revocar la oferta antes de la fecha que figura en ella (Codice civile art. 1329).
Cuándo se forma el contrato
Cuando el comprador conoce la aceptación del vendedor (Codice civile art. 1326).
Efecto de la aceptación
Una oferta aceptada con todas las condiciones es un contrato preliminar. Sus cláusulas rigen entonces la venta (guía del Notariato).
Comisión del agente
La debe cada parte cuando el negocio se concluye por medio del agente (Codice civile art. 1755). La aceptación suele concluir el negocio.
Plazo de registro
En 30 días, por el agente, si la oferta aceptada funciona como contrato preliminar (guía de la Agenzia delle Entrate, octubre de 2025).
Coste del registro
200 euros de impuesto de registro, 16 euros de timbre por cada 4 páginas y 0,5 % de cualquier señal (caparra) o anticipo del precio.
Depósito en la aceptación
Como caparra confirmatoria, el vendedor se la queda si el comprador incumple y devuelve el doble si incumple el vendedor (Codice civile art. 1385).

El documento

Texto mostrado

Se firma la versión en italiano. La versión en español le ayuda a entenderla. Sus respuestas completan las dos.

Oferta irrevocable de compra de un inmueble

  1. 1.Partes

    1. 1.1

      El abajo firmante Datos del comprador, en adelante "el oferente",

      Indique de cada comprador nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, dirección y código fiscal (codice fiscale). Un comprador extranjero necesita un codice fiscale italiano.

    2. 1.2

      ofrece a Nombre completo del vendedor, en adelante "el vendedor", a través de la agencia inmobiliaria Datos de la agencia inmobiliaria, en adelante "el mediador", comprar el inmueble descrito a continuación, al precio y en las condiciones siguientes.

      Nombre a todos los propietarios del certificado catastral. Añada el número de la agencia en la Cámara de Comercio (REA). Sin agente, borre esas palabras y envíe la oferta al vendedor.

  2. 2.Inmueble

    1. 2.1

      La plena propiedad del inmueble situado en Dirección completa del inmueble, compuesto por Descripción, que figura en el catastro de edificios con los siguientes datos: Datos catastrales, en su estado actual de hecho y de derecho, con los derechos de comunidad correspondientes.

      Indique los datos catastrales de la vivienda y de cada anexo. Pida al agente el certificado catastral (visura catastale) y el plano antes de firmar.

  3. 3.Precio y pago

    1. 3.1

      El precio ofrecido es de Precio ofrecido en euros, en cifras euros (Precio ofrecido en letras), pagaderos de la siguiente forma: Depósito con la oferta euros como señal confirmatoria a la aceptación de esta oferta; Pago en el contrato preliminar euros a la firma del contrato preliminar; el resto a la firma de la escritura notarial de compraventa.

      Si las cifras y las letras no coinciden, habrá un litigio. Pague cada suma por un medio trazable: la escritura debe indicar cómo se pagó el precio.

  4. 4.Señal con la oferta

    1. 4.1

      Opcional

      Como garantía de esta oferta, el oferente entrega al mediador el cheque no transferible n.º Número de cheque y banco, a favor del vendedor, por Depósito con la oferta euros. El mediador lo conserva sin cobrarlo y solo lo entrega al vendedor a la aceptación, cuando la cantidad pasa a ser una señal confirmatoria conforme al art. 1385 del Código Civil.

      Consérvela si el agente pide un depósito, y que el depósito sea pequeño. Suprímala si no paga nada hasta el contrato preliminar.

    2. 4.2

      Opcional

      Si la oferta no se acepta dentro del plazo indicado, el mediador devuelve el cheque al oferente sin demora.

      Consérvela junto con la cláusula anterior.

  5. 5.Condiciones

    1. 5.1

      Opcional

      La oferta está sujeta a la condición suspensiva de que el oferente obtenga, a más tardar el Fecha límite de aprobación del préstamo, un préstamo hipotecario de Importe del préstamo euros. Si el préstamo no se concede en esa fecha, el contrato queda sin efecto y toda cantidad pagada se devuelve al oferente sin intereses ni penalización.

      Suprímala solo si paga todo con fondos propios. Guarde la prueba de la negativa del banco.

    2. 5.2

      El vendedor garantiza que el inmueble es de su plena y exclusiva propiedad, libre de hipotecas, embargos, inscripciones perjudiciales, servidumbres no aparentes y derechos de adquisición preferente, y que se entregará libre en la fecha de la escritura.

    3. 5.3

      El vendedor garantiza que el inmueble cumple las normas urbanísticas y edificatorias y que los datos catastrales y los planos coinciden con su estado real, se obliga a entregar el certificado de eficiencia energética (APE) y declara que no hay gastos de comunidad vencidos e impagados ni obras extraordinarias ya aprobadas, salvo lo siguiente: ninguna excepción.

      Sustituya "nessuna eccezione" por las obras o deudas conocidas. El comprador responde solidariamente de las cuotas de la comunidad del año en curso y del anterior.

  6. 6.Contrato preliminar y escritura

    1. 6.1

      Opcional

      Si se acepta la oferta, las partes firman el contrato preliminar de compraventa a más tardar el Fecha límite del contrato preliminar, que repite las condiciones de esta oferta.

      Suprímala si la propia oferta aceptada servirá como contrato preliminar.

    2. 6.2

      La escritura notarial de compraventa se firma a más tardar el Fecha límite de la escritura (rogito) ante el notario Notario elegido por el comprador, elegido por el oferente, con el pago del resto del precio y la entrega del inmueble en el mismo acto.

  7. 7.Comisión del mediador

    1. 7.1

      Opcional

      El oferente se compromete a pagar al mediador una comisión de Comisión del agente a cargo del comprador, que se devenga al concluirse la operación conforme al art. 1755 del Código Civil.

      Suprímala si no interviene ningún agente. Pueden pactar que la comisión solo se deba en la escritura, pero el agente debe firmar ese cambio.

  8. 8.Irrevocabilidad y aceptación

    1. 8.1

      Esta oferta es irrevocable conforme al art. 1329 del Código Civil hasta la hora y la fecha siguientes: Fecha y hora en que caduca la oferta. Si ese momento pasa sin que el oferente haya tenido conocimiento de la aceptación, la oferta pierde todo efecto.

      El Notariato aconseja el plazo más corto posible. Usted no puede retirarse antes de esta fecha.

    2. 8.2

      La aceptación debe ser incondicional. Toda aceptación con cambios vale como una oferta nueva del vendedor.

  9. 9.Firmas

    1. 9.1

      Lugar y fecha: Lugar de la firma, Fecha de la firma. Firma del oferente.

    2. 9.2

      Aceptación incondicional de la oferta anterior, el Fecha de aceptación del vendedor. Firma del vendedor.

      Deben firmar todos los propietarios. El contrato solo se forma cuando el oferente conoce la aceptación, así que devuelva una copia firmada al oferente.

Complete los datos

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1.Partes
2.Inmueble
3.Precio y pago
4.Señal con la oferta
5.Condiciones
6.Contrato preliminar y escritura
7.Comisión del mediador
8.Irrevocabilidad y aceptación
9.Firmas

Formalidades

  1. No se exige notario, testigo ni formulario oficial.
  2. Firme y feche la oferta. Entréguela al agente o al vendedor a cambio de un recibo fechado.
  3. El contrato se forma cuando usted conoce la aceptación del vendedor. El vendedor debe firmar la aceptación y devolvérsela.
  4. Si entrega un cheque de depósito, que sea no transferible y a nombre del vendedor. El agente lo guarda hasta la aceptación.
  5. Si interviene un agente y la oferta aceptada tiene todas las condiciones de un contrato preliminar, el agente debe registrarla en la Agenzia delle Entrate.
  6. Una oferta aún no aceptada no se registra.

Errores frecuentes

  • Firmar sin leer el formulario impreso del agente. Cuando el vendedor acepta, sus cláusulas sobre fechas de pago, depósito y garantías le vinculan como contrato preliminar.
  • Omitir una condición de préstamo cuando necesita financiación. Si el vendedor acepta y el banco lo deniega, puede perder el depósito.
  • Entregar un depósito alto con la oferta. El dinero queda bloqueado mientras el vendedor estudia otras ofertas. El Notariato aconseja un depósito pequeño y una validez corta.
  • Hacer el cheque de depósito a nombre del agente, o pagar en efectivo.
  • No indicar que la comisión solo se debe si la operación se completa. Según el Codice civile, el agente la gana cuando se concluye el negocio, normalmente con la aceptación.
  • Describir el inmueble sin sus datos catastrales. Use los números de hoja, parcela y subunidad (foglio, particella, subalterno) del certificado catastral.

Base legal

  • Codice civile (R.D. 16 marzo 1942, n. 262), art. 1326 (conclusion of the contract on acceptance)
  • Codice civile, art. 1329 (irrevocable offer)
  • Codice civile, art. 1385 (confirmatory deposit)
  • Codice civile, art. 1755 (broker's commission)
  • Disposizioni per l'attuazione del Codice civile (R.D. 30 marzo 1942, n. 318), art. 63, comma 4 (buyer jointly liable for condominium charges of the current and previous year)

Fuentes

  • Garanzia preliminare: la sicurezza nel contratto di compravendita immobiliare
  • L'acquisto della casa: le imposte e le agevolazioni fiscali (October 2025)
  • Art. 1329 c.c. Proposta irrevocabile (text and commentary)

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